lunes, 9 de diciembre de 2013

Ley de Seguridad Ciudadana

Desde la Asociación de Estudiantes de Ciencias Doble Hélice, queremos denunciar el nuevo anteproyecto de la Ley de Seguridad Ciudadana aprobada por el gobierno el pasado 29 de noviembre, por lo que pasa a ser proyecto de ley y queda a la espera de ser aprobada en el congreso. 

Esta ley, conocida con el sobrenombre de "Ley Mordaza" tiene un claro carácter represivo que busca, entre otras cosas, limitar el derecho de manifestación. Añade los siguientes puntos con respecto a la ley anterior, del año 1992.



Incluye, como faltas muy graves, sancionadas con multas de entre 30.001 a 600.000€:
  • La reunión o manifestación frente a organismos públicos o en sus inmediaciones cuando conlleven un "perjuicio de su funcionamiento".
  • La convocatoria o asistencia a reuniones o manifestaciones desde que haya terminado la campaña electoral hasta la finalización del día de las elecciones.
  • Si se cometen tres faltas graves en el periodo de un año (además de pagar la correspondiente multa por cada una de las faltas graves).

Como faltas graves, sancionadas con multas de entre 1.001 y 30.000€:
  • El uso de capuchas, cascos o cualquier otro objeto que cubra el rostro en  actos que "alteren la seguridad ciudadana".
  • La "perturbación de la seguridad ciudadana" frente a la sede del Congreso, Senado y Asambleas Legislativa de las Comunidades Autónomas, aún sin estar reunidos.
  • Perturbación del orden en un acto de campaña electoral, administración electoral, votación, escrutinio y recuento de votos.
  • La reunión o manifestación frente a organismos públicos o en sus inmediaciones.
  • Las ofensas o ultrajes a España, a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito.
  • Las manifestaciones públicas efectuadas a través de cualquier medio de difusión cuya finalidad sean las injurias o calumnias a las instituciones públicas, autoridades, agentes de la autoridad o empleados públicos , así como la falta de respeto y de la consideración debida a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones.
  • La proyección de dispositivos luminosos contra los agentes de la autoridad.

Como faltas leves, sancionadas con multas de entre 100 y 1.000€:
  • Tercera o posteriores pérdidas y sucesiva petición de la documentación personal en 5 años.
  • Colocar en la vía pública, sin autorización, estructuras no fijas, como tiendas de campaña.
  • La remoción de vallas, cercados... fijos o removibles, colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad, aun cuando hayan sigo colocadas con carácter preventivo.

Además, esta ley incluye la creación en el Ministerio del Interior un Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana, y añade los siguientes puntos con respecto a las personas sancionadas: 

Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrán denunciar infracciones de la legislación autonómica y local y sus manifestaciones tendrán valor probatorio.

Las sanciones, así como los nombres, apellidos, denominación o razón social de las personas físicas o jurídicas responsables de la comisión de infracciones muy graves, cuando hayan adquirido firmeza en vía administrativa, podrán ser hechas públicas.



Por todo esto decimos ¡No a la Ley Mordaza!

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